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Título.
Trabajo en una tiendita chica como el único cajero/empleado (no soy el dueño) y si bien no he tenido problemas, siempre me he preguntado si existe algún marco legal para negarle el servicio a alguien, onda, si llegan en estado de ebriedad, o causan mucho desorden en la tienda.
Obviamente no voy a usarlo para discriminar (y me pasaría de weon, los extranjeros compran más artículos deportivos que los chilenos) pero es más que quiero saber cómo actuar frente a una situación donde estoy en peligro yo o la tienda, onda, debo si o si llamar a carabineros, o cosas así.

By Diario

7 thoughts on “Cuando es legal hechar alguien de una tienda o negarle el servicio?”
  1. Si no es una razón arbitraria o se encasilla en discriminación no te generaría problemas legales.

    Sin perjuicio de lo anterior el no atender a X persona te generara una reacción inmediata del cliente

  2. Una vez, trabajando en comida rápida, siendo 11 de septiembre íbamos a cerrar 15 minutos antes para poder llegar a tiempo a las casas.

    Se me pidió ponerme en la fila para notificar a las personas que ya no recibíamos más gente, pero a un cuico culiao no pareció gustarle la idea de cerrar antes por precaución y empezó a reclamar y reclamar, aún cuando el gerente de local se ofreció a atenderlo personalmente.

    Cuento corto, la pataleta esta nos atrasó e hizo salir más tarde.

    En esencia, lo que busco decir es que una tienda puede negarse a recibir personas sin problema, pero los indeseables que se están rechazando están tan dispuestos a armar escándalo que a menos que tengas un equipo de seguridad, debe ser menos problemático atenderlos de mala gana que intentar echarlos.

    Eso, saludos.

  3. Yo también trabajo en atención al cliente y esto es algo que siempre hemos tenido en cuenta en caso de cualquier problema.

    Tu puedes prohibir el derecho de admisión a un cliente **siempre y cuando** sea una decisión 100% objetiva, justificada, y no discriminatoria (tanto hacia la persona como también a su forma de ser).

    Por ejemplo, tu no puedes denegarle el acceso a un extranjero (obvias razones) ni tampoco a alguien de un estatus social bajo, raza, etnia, sexo, etc. por discriminación. La única excepción es el caso del sexo, que es más que nada para hombres que no pueden acceder a lugares exclusivos para mujeres, aunque aquí en chile casi no hay.

    Tampoco le puedes denegar el acceso a alguien por su forma de vestir (como en las películas donde alguien con buzo entra a comprar un Ferrari) o por su orientación sexual/género, ya que le estás discriminando su forma de ser. La excepción a esta regla es que no tenga la ropa adecuada para proteger su integridad en el lugar (por ejemplo, con chalas o descalzos dentro de una zona con objetos cortopunzantes en el suelo, como en el patio del constructor del Sodimac).

    Tampoco puedes negar el acceso por edad excepto cuando esté estipulado y justificado (por ejemplo, un menor en una discoteca, o un niño en una película con restricción de edad).

    Ahora, a los que si puedes negar el acceso son aquellos que pueden presentar un riesgo de seguridad para el personal, para los demás clientes, o para ellos mismos. O que tengan en su poder elementos que puedan causar daños como pistolas (en chile por lo que tengo entendido las armas ni siquiera pueden estar en la vía pública legalmente). Personas que estén borrachas o drogadas también pueden quedar fuera del local (en estos casos lo mejor es llamar a carabineros o a seguridad por ser un alto peligro a la integridad de los trabajadores).

    También puedes negar el acceso a personas que anteriormente hayan hecho algún destrozo en el local o que hayan cometido algún acto delictual (como robar en una tienda). Para esto se debe de contar con las pruebas de lo sucedido por última vez, ya que sin eso no se le puede negar. Y en estos casos es mejor hablarlo y hacerles entender, y si no, llamar a carabineros.

    Esos son los que me acuerdo por el momento. Creo que se me escapan algún que otro caso específico pero yo creo que con esto te puedes hacer una idea

  4. A mi me han dado “autorización” de llamar a carabineros ante cualquier cliente que use violencia tanto física o verbal. Eso en caso que la persona no se quiera ir por su cuenta claro.
    Imagino que cualquier local privado puede reservarse el derecho de atender a quien sea mientras no sea una discriminación.

  5. Cuando tienes expresamente indicado que no se admite x tipo de personas y que está categoría no sea discriminatoria, pero tiene que estar bien señalado y de antemano.

    Ejemplo:

    No se admiten personas en estado de ebriedad = legal

    No se admiten gays/negros/venezolanos =Sumamente ilegal

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