Se terminan los pagos a Sadaic por fiestas en ámbitos privados
En una decisión que ha generado revuelo en el ámbito de los organizadores de eventos y en el mundo de la música, la Justicia falló a favor de quienes realizan fiestas en espacios privados, liberándolos del pago de derechos a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (Sadaic). Esta noticia sorprendió a muchos en Mendoza y el resto del país, ya que modifica significativamente las prácticas habituales respecto al uso de música en eventos.
Antecedentes del caso
Desde hace años, Sadaic ha venido cobrando derechos de autor a organizadores de eventos, incluidos aquellos que se realizan en ámbitos privados como casas particulares, quintas o salones de eventos cerrados. Este cobro se basaba en la ley 11.723 de Propiedad Intelectual, que protege los derechos de autor sobre sus obras musicales. Sin embargo, este procedimiento siempre generó controversias, especialmente debido a la forma en que se llevaban a cabo las recaudaciones y las tarifas aplicadas.
El fallo que cambia el juego
La sentencia, dictada por un juez de Mendoza, establece que los organizadores de fiestas en ámbitos privados no están obligados a pagar derechos a Sadaic, siempre y cuando el evento no tenga fines de lucro y la música utilizada sea propia o no se ejecute en vivo. Este fallo se basa en la interpretación de que, en estos casos, el uso de la música no constituye una ejecución pública según lo establecido en la ley de Propiedad Intelectual.
Repercusiones del fallo
La decisión judicial tiene importantes implicaciones para ambos lados de la controversia:
- Para los organizadores de eventos, representa un alivio financiero significativo, ya que los liberará de una carga económica extra, permitiéndoles ahorrar costos y, potencialmente, reinvertir en la mejora de sus eventos.
- Para Sadaic y los autores que representa, la medida podría representar una reducción en los ingresos por derechos de autor, lo que ha levantado preocupaciones sobre cómo esto afectará a los músicos y compositores.
Reacciones y debates
El fallo ha generado un amplio debate en la sociedad y en los medios de comunicación. Por un lado, quienes apoyan la decisión argumentan que los cobros de Sadaic en ámbitos privados eran excesivos y, en muchos casos, desproporcionados en relación con el tipo de evento y la forma en que se utilizaba la música. Por otro lado, los críticos de la sentencia señalan la importancia de proteger los derechos de autor y asegurar que los creadores reciban una compensación justa por su trabajo.
¿Qué sigue?
A raíz de este fallo, es probable que haya una serie de ajustes en la forma en que se gestionan los derechos de autor en Argentina, especialmente en lo que respecta a eventos privados. Sadaic podría buscar modificar sus políticas de recaudación o bien impulsar cambios legislativos que aclaren y actualicen la ley de Propiedad Intelectual en respuesta a este nuevo escenario.
Además, este precedente podría motivar a otros países a revisar sus propias leyes y prácticas relacionadas con los derechos de autor en eventos privados, lo que podría tener implicaciones más allá de las fronteras argentinas.
Conclusión
La decisión de la Justicia de eximir a los organizadores de eventos privados del pago de derechos a Sadaic representa un cambio significativo que beneficiará a quienes organizan fiestas en ámbitos privados sin fines de lucro. Sin embargo, también plantea desafíos importantes para la protección de los derechos de autor y el sustento de los creadores musicales. En los próximos meses, será crucial observar cómo evolucionan las políticas y las leyes en respuesta a este fallo, así como el impacto que tendrá en la industria musical y en la sociedad en general.
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Se terminan los pagos a Sadaic por fiestas en ámbitos privados – Noticias de Mendoza
Excelente noticia.
SADAIC = ROBO
Que es eso de pagar por escuchar musica?
Los artistas ya ganan por sus recitales y discos comprados, dejenme escuchar lo que yo quiero.
SADAIC es simbolo del robo.
al fin , que ladrones de mierda que son los de SADAIC , que un negocio tenga un parlante para uso privado en donde la gente come no significa que se te tenga que pagar “porque puede pasar música en publico”
primos del “impuesto al sol” son estos .
Chauuuuuuuu 😂
Que curro tan nefasto
Ridículo. Encima los inspectores lo usaban para coimear.
ES EXACTAMENTE LO QUE VOTE,ABRAZO!
alguien confirma que se termina el curro? estoy leyendo pero soy nabo
Le pregunte a chat gpt y me dice
Este decreto establece que la ejecución o representación pública de obras musicales, cinematográficas y fonogramas en espacios de acceso público, independientemente del medio utilizado (mecánico, electrónico o digital), requiere la autorización expresa de los titulares de los derechos, sus representantes, o sociedades de gestión colectiva. Además, establece que quienes obtengan un beneficio económico de estas ejecuciones públicas deben pagar una remuneración equitativa a los titulares de los derechos. Sin embargo, no será necesario pagar compensaciones en casos de uso ocasional con fines didácticos o en conmemoraciones patrióticas en establecimientos educativos oficiales o autorizados por el Estado.