Las Fiestas Patrias se aproximan en Perú, y los millones de trabajadores vinculados al régimen laboral de la actividad privada esperan con ansias el pago por concepto de gratificación ordinaria que reciben dos veces al año. Cada empleador, tal y como lo dispone una normativa vigente desde mediados de 2002, está en la obligación de depositar dicho beneficio monetario, y dentro de los plazos establecidos porque de lo contrario incurriría en una falta grave. Conoce los detalles acerca de la fecha de desembolso en 2024, a partir de cuándo puedes retirar el dinero correspondiente, qué es y mucho más entorno al incentivo otorgado durante el mes de julio.
¿HASTA CUÁNDO TIENEN PLAZO LOS EMPLEADORES PARA HACER EFECTIVO EL PAGO DE LA GRATIFICACIÓN CORRESPONDIENTE A JULIO 2024?
Cada mes de julio, el Perú se viste de rojo y blanco para conmemorar las Fiestas Patrias, y en medio de la celebración de dicha efemérides patriótica, millones de trabajadores que forman parte del régimen laboral general de la actividad privada, esperan cobrar la denominada gratificación cuyo otorgamiento figura regulado mediante la Ley N° 27735.
Desde hace más de 20 años, y sea cual fuere la modalidad del contrato de trabajo y el tiempo de prestación de servicios del trabajador, un gran porcentaje de la Población Económicamente Activa (PEA), recibe el pago de dicho beneficio social y monetario que debe hacerse efectivo sí o sí durante el sétimo mes del año, y siempre cumpliendo con el plazo límite para llevar a cabo el desembolso estipulado en el artículo 5.
“La gratificación será abonada en la primera quincena del mes de julio”, expresa el Parlamento en ese apartado, y con ello se determina que cada empleador en 2024 debe realizar el abono correspondiente a más tardar este lunes 15, ya que de lo contrario podría verse perjudicado mediante la imposición de multas que pueden oscilar entre los S/2,227.50 y los 22,275 para una pequeña empresa, y desde los 7,771.50 soles hasta los 129,294 para una no mype.
¿QUÉ OTROS BENEFICIOS COMPLEMENTARIOS PERCIBEN LOS TRABAJADORES JUNTO A LA GRATIFICACIÓN HASTA EL 15 DE JULIO?
Anualmente, los trabajadores peruanos contratados bajo el régimen laboral general de la actividad privada a nivel nacional, perciben 2 depósitos por concepto de gratificación, siendo la primera de ellas aquella vinculada a las Fiestas Patrias de julio, y la segunda por Navidad a fines de diciembre.
Según lo regulado por la Ley 27735 y su reglamento considerado en base al Decreto Supremo 005 que data del 2002, este tipo de beneficio social y económico debe ser otorgado obligatoriamente por cada empleador cuando la persona beneficiaria haya laborado como mínimo el semestre completo que comprende el periodo entre enero y junio.
Asimismo, especifica que el monto de la gratificación por Fiestas Patrias 2024 equivale y asciende a una remuneración mensual adicional íntegra, es decir, el salario básico percibido mensualmente, sin embargo podría reducirse y convertirse en proporcional si es que, por ejemplo, el tiempo laborado en la empresa del sector privado fuera menor a 6 meses.
Cabe resaltar, que además actualmente cada trabajador sujeto al régimen laboral de la actividad privada, y debidamente registrado en la planilla mensual de pagos, recibe los siguientes porcentajes complementarios al monto de su sueldo:
- Bonificación Extraordinaria del 9% (EsSalud)
- Bonificación Extraordinaria del 6,75% (Empresa Prestadora de Salud)
Resulta importante precisar, también, que como parte de los requisitos establecidos en la normativa, el trabajador beneficiario solo recibirá el depósito por concepto de gratificación de julio, si como mínimo laboró al menos 30 o 31 días de un mes calendario completo durante el primer semestre, y se encuentra desempeñando funciones regulares o en su defecto, goza de vacaciones, cuenta con una licencia con goce de haber, o tiene descanso médico como supuestos de suspensión de labores.
¿CÓMO CALCULAR EL MONTO DE LA GRATIFICACIÓN DE JULIO 2024 QUE DEBES RECIBIR POR PARTE DE TU EMPLEADOR HASTA EL 15 DE JULIO? AQUÍ TE LO EJEMPLIFICAMOS
Para ejemplificar el cálculo de la gratificación de julio según los meses laborados durante los últimos meses, el diario oficial El Peruano comparte información relevante acerca de la equivalencia correspondiente a la remuneración adicional a tu sueldo básico que percibirás abonado en tu cuenta bancaria junto a las bonificaciones extraordinarias.
Teniendo en cuenta que dicho beneficio social no se encuentra afecto a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna, compútalo de la siguiente manera recordando que también puedes visitar la plataforma creada por la Sunafil llamada Calculadora Laboral para llevarlo a cabo completando datos personales:
– Si un trabajador percibe una remuneración mensual de S/2,000, manteniendo contrato vigente desde el 1 de enero de 2024, y además figura inscrito en EsSalud (9%), recibirá por parte de su empleador en el mes de julio un total de S/2,180 líquidos.
Con respecto a la normativa vigente, considera que también se incluye en el paquete de beneficios válidos por el otorgamiento de la primera gratificación del año, el concepto equivalente a la asignación familiar (10%) que hoy asciende a los S/102.50.
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