El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha dictado este lunes una trascendente sentencia cuyo razonamiento avala la libertad de las redes sociales para fijar sus propias políticas de moderación de contenidos, vetar o expulsar a usuarios y borrar mensajes. Aun así, la decisión del Supremo no es definitiva, sino que remite a tribunales inferiores para el análisis y aplicación de su doctrina. Los fallos suponen un éxito aparente para plataformas como Facebook, Instagram, X, TikTok y YouTube y una derrota para Texas y Florida, cuyas leyes para limitar esas políticas de moderación estaban en cuestión. Esos Estados, bajo control republicano, quisieron acotar las decisiones de dichas redes porque consideraban que contribuían a silenciar voces conservadoras, como las que defendían el bulo electoral de que a Donald Trump le robaron las elecciones o las que publicaban desinformación sobre las vacunas.

Las dos partes, los Estados y las plataformas, se envuelven en la disputa en la bandera de la libertad de expresión que consagra la Primera Enmienda de la Constitución frente a la injerencia estatal. Texas y Florida consideraban que vetar mensajes y usuarios la viola; las plataformas, representadas por asociaciones del sector, denunciaban que eran esas leyes las que la vulneraban al impedirles elegir qué publicar en sus plataformas. Para los Estados, las redes sociales son más bien teléfonos —no se puede interferir en las comunicaciones—; para las plataformas, más bien periódicos, con su política editorial.

El Supremo da la razón a las redes en los fundamentos de su sentencia. “Al igual que los editores, los operadores de cable y los organizadores de desfiles que este Tribunal ha considerado anteriormente, las principales plataformas de redes sociales seleccionan sus contenidos combinando ‘voces diversas’ para crear una oferta expresiva distintiva”, dice la sentencia sobre Texas, dictada por unanimidad en el sentido del fallo, aunque con diferentes argumentaciones. “Sus decisiones sobre qué mensajes son apropiados confieren al feed una calidad expresiva particular y ‘constituyen el ejercicio’ de un ‘control editorial’ protegido. Y la ley de Texas se dirige a esas opciones expresivas obligando a las plataformas a presentar y promover contenidos en sus feeds que consideran objetables”, añade el fallo, del que ha sido ponente la jueza progresista Elena Kagan.

La sentencia subraya que “un Estado no puede interferir en la expresión de los actores privados para promover su propia visión del equilibrio ideológico”. “Por supuesto, los Estados (y sus ciudadanos) tienen razón al querer un ámbito expresivo en el que el público tenga acceso a una amplia gama de opiniones. Ese es, de hecho, un objetivo fundamental de la Primera Enmienda. Pero la forma en que la Primera Enmienda logra ese objetivo es impidiendo que el gobierno ‘incline el debate público en una dirección preferida”, añade.

La ley, sin embargo, afecta a otros supuestos diferentes de las redes sociales y a la necesidad de estas de justificar la supresión de contenidos. Los magistrados afean a los tribunales inferiores que no hayan hecho un análisis completo y les devuelve el caso. Hay algunos aspectos en que la ley podría pervivir, pero la doctrina sobre la moderación de contenidos parece clara.

Esa doctrina tiene una importancia extraordinaria para el futuro de las redes sociales. Impedir las políticas de moderación de contenido podía haber provocado que se disparase la desinformación y los discursos de odio sin posibilidad de ponerle coto más que cuando se violase una ley. Durante la vista oral, los jueces ya parecieron inclinarse mayoritariamente por respaldar el derecho de las plataformas a moderar sus contenidos.

Las leyes (cuyo contenido es parecido, pero con sus propios matices) fueron impugnadas ante los tribunales federales, con resultados contradictorios: una sentencia anuló la ley de Florida, mientras que otra respaldó la de Texas, así que parecía claro que el Supremo admitiría unificar la doctrina al respecto. Los jueces del Alto Tribunal ya suspendieron cautelarmente el año pasado la aplicación de la ley de Texas, en una decisión tomada por 5 votos a cuatro. El Supremo tiene una mayoría de seis jueces conservadores frente a tres progresistas.

El Supremo y las redes

Los magistrados ya decidieron mantener la exención de responsabilidad de las tecnológicas sobre los contenidos que publican sus usuarios en una sentencia dictada el pasado curso judicial. En este, también se habían pronunciado ya sobre otros litigios relacionados con las redes sociales. Primero, resolvieron una cuestión relativamente menor: el derecho de los cargos públicos a bloquear a otros usuarios en las redes sociales. Dictaron en marzo dos sentencias en las que por unanimidad concluyeron que un cargo público puede bloquear a sus seguidores si hace un uso personal de la cuenta, pero no si ejerce en ella su autoridad.

La semana pasada resolvieron otro caso en el que Estados liderados por los republicanos se enfrentaban al Gobierno de Biden para saber hasta dónde puede llegar la Administración para combatir las publicaciones controvertidas en las redes sociales sobre temas como la covid o la limpieza electoral. Un tribunal federal de apelaciones se puso del lado de los Estados al considerar que los funcionarios de la Administración coaccionaron inconstitucionalmente a las plataformas para limitar los puntos de vista conservadores. Sin embargo, el Tribunal Supremo sentenció que el Gobierno de Joe Biden no vulneró la libertad de expresión cuando instó desde diferentes instancias a retirar mensajes de desinformación en relación con la covid o las vacunas.

Por supuesto, el Gobierno no puede imponer a las redes sociales su propia política de moderación de contenidos ni obligar a retirar un mensaje u otro, pero las autoridades no encontraron que hicieran nada parecido a eso con sus mensajes de alerta sobre desinformación.

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By Diario

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