El fallo de la Corte Suprema el viernes que rechazó reconocer el derecho fundamental de los ciudadanos estadounidenses a que sus cónyuges residan en los Estados Unidos, sentó un precedente que pone en entredicho la unidad matrimonial que por siglos fue considerada una de las promesas fundamentales en el país.
La mayoría conservadora del máximo tribunal estadounidense se impuso en una decisión 6-3 y puso fin a una larga disputa judicial emprendida por la esposa de un inmigrante salvadoreño, a quien ella afirma le fue negada la visa por sus tatuajes.
El litigio comenzó cuando la abogada estadounidense, Sandra Muñoz, interpuso una demanda contra del Departamento de Estado en el 2017 luego de que un agente del consulado estadounidense en San Salvador le negó la visa a su esposo, Luis Asencio Cordero.
Inicialmente el gobierno estadounidense se negó a explicar las motivaciones de su decisión, pero tras un largo proceso judicial se detalló que el agente consular que analizó su solicitud lo vinculó falsamente a la peligrosa pandilla Mara Salvatrucha (MS-13) por sus tatuajes.
Posteriormente se aclaró que sus tatuajes no tenían ninguna relación con la pandilla y él no tenía ningún antecedente criminal.
Luego de pasar por varias cortes inferiores, el caso finalmente fue admitido a trámite por la Corte Suprema, que puso fin a la queja de Muñoz con su resolución en sentido contrario a la demanda interpuesta por la litigante.
Pero en la opinión de la disidencia de los 3 jueces liberales, la jueza Sonia Sotomayor sostuvo que el fallo en realidad iba en contra de los preceptos fundamentales de lo que ha representado el matrimonio en la sociedad estadounidense.
Resolución va en contra de promesa de siglos
Sotomayor redactó en la opinión disidente que la decisión de la mayoría ponía en vilo el concepto mismo del matrimonio en Estados Unidos que por siglos ha estado vigente en el país.
Citando el texto clásico del pensador francés Alexis de Tocqueville, Democracia en América, Sotomayor sostuvo que lo que ese intelectual había observado en 1831 sobre la importancia que los estadounidenses daban al matrimonio, ahora está en riesgo con el fallo.
“Hoy, la mayoría (de los jueces) fracasa al no estar a la altura de esa promesa de siglos de antigüedad”, escribió la jueza.
Sotomayor lamentó que tal vez la única opción de Muñoz ahora sea vivir con su marido en El Salvador, donde tendrían que educar a su hijo, quien es ciudadano estadounidense.
La jueza también criticó el hecho de que la mayoría haya ignorado los impactos de su resolución en la unión matrimonial de Muñoz con Asencio Cordero, quienes contrajeron nupcias en el 2010.
“(La mayoría) sostiene que el derecho de Muñoz a casarse, a vivir con, y criar hijos junto a su esposo en realidad no le garantiza nada cuando el gobierno lo excluye del país”, señaló Sotomayor.
La jueza también cuestionó que la razón de fondo argumentada por el agente consular que le negó la visa a Asencio Cordero fue una acusación falsa en contra del salvadoreño, a quien se le señaló erróneamente de tener vínculos con MS-13, sólo por sus tatuajes.
Sotomayor, junto a las juezas Elena Kagan y Katanji Brown Jackson, consideraron que el fallo era amplio en cuanto al matrimonio y limitado en cuanto al procedimiento, citando escritos de apoyo de exfuncionarios consulares que demostraban que las decisiones consulares “a menudo se basan en estereotipos o tropos… incluso prejuicios o mala fe”.
Un experto asignado por la corte para analizar los tatuajes del salvadoreño determinó que no tenían relación alguna con la pandilla.
Resolución también pone en riesgo matrimonios igualitarios
Sotomayor también advirtió que el fallo pone en riesgo derechos que fueron reconocidos previamente por la Corte Suprema, como los de las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio y vivir juntos.
La decisión de la mayoría conservadora, dijo, podría extenderse a ese tipo de parejas porque muchos de los cónyuges que no son ciudadanos estadounidenses enfrentan riesgos en sus propios países por su orientación sexual.
“El peso caerá mayormente en las parejas del mismo sexo y otras que carecen de la habilidad, por razones legales o financieras, para construir un hogar en el país de origen del no ciudadano”, expresó.
Mayoría sostiene que Muñoz no puede hacer reclamo
Pero al expresar la resolución de la mayoría, la jueza conservadora Amy Coney Barret argumentó que la demandante no podría reclamar el derecho fundamental del matrimonio cuando el caso involucra una decisión de un funcionario del Departamento de Estado.
La jueza sostuvo que el argumento de Muñoz de que su derecho a estar casada y a vivir con su marido no podría sostenerse cuando se trataba de un buscar el ingreso de un extranjero a los Estados Unidos.
“Para establecer esa premisa, ella debe demostrar que dicho derecho ‘está profundamente enraizado en la historia y tradición de esta nación’. Ella no puede mostrar eso”, añadió.
Además, dijo que las normas establecidas por el Congreso en materia de inmigración conyugal va en el sentido contrario a lo que alegó Muñoz en su demanda.
Un largo litigio
El matrimonio se encuentra separado desde 2015 cuando un funcionario consular estadounidense en San Salvador le negó a Asencio la petición de una visa de inmigrante solicitada por su esposa a través de un formulario I-130.
Ese formulario permite al solicitante obtener la residencia legal permanente (green card) y luego la ciudadanía por naturalización por tratarse de un cónyuge de ciudadano estadounidense.
Los esposos y la familia pensaron que el proceso consular, la última etapa del ajuste de estatus, demoraría unos cuantos días y retornaría a Los Ángeles, California (lugar donde residen), con una visa de inmigrante y la residencia permanente. Pero las cosas no resultaron como esperaban.
El caso cobró notoriedad luego de que Muñoz demandó en enero de 2017 al Departamento de Estado por negarle la visa a su marido.
El caso llegó hasta la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito, donde el 5 de octubre de 2022, reconoció los derechos de los ciudadanos estadounidenses que piden visa para familiares inmediatos.
En la sentencia, el tribunal dictaminó que los ciudadanos estadounidenses cónyuges de solicitantes de visa “tienen derecho al debido proceso”.
También estableció que los agentes consulares deben dar una razón fáctica por la cual el gobierno “negó la visa de su cónyuge, y que la razón debe proporcionarse en tiempo y forma”, explicó en esa ocasión el sitio Think Immigration.
Sin embargo, el gobierno apeló la decisión y por esa razón el caso llegó hasta el máximo tribunal, cuando en enero de este año admitió a revisión el caso y a finales de abril celebró una audiencia donde los abogados de las partes en la disputa judicial entregaron sus argumentos.
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