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“Todas las pensiones, incluyendo las que perciban los residentes colombianos provenientes del exterior, estarán exentas del impuesto sobre la renta. Estarán gravadas solo en la parte que exceda de 1.000 UVT”.
Con este inciso, la reforma pensional del Gobierno Petro, en su artículo 84, estipuló que las mesadas que superen las 1.000 UVT deberán pagar renta. Es decir, aquellas personas que por concepto de pensión ganen al año $47.065.000, debido a que la Unidad de Valor Tributario para el 2024 se ubicó $47.065) para el 2024.
En otras palabras, aquellos pensionados que reciban al mes mesadas mayores a $3.620.384 deberán declarar renta ante la Dian.
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Ante estos cambios, Iván Camilo Jiménez, profesor del Observatorio Laboral de la Universidad Javeriana y magíster en Derecho Laboral y Seguridad Social, explicó que, básicamente, el impuesto sobre la renta se calcula anual, de modo que el ingreso de las pensiones que entraría a este impuesto sería el anual.
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“Entonces, la pensión estaría exenta de la retención siempre que en las 13 mesadas del año sea inferior a 1.000 UVT, que para 2024 está en $47 millones, eso quiere decir que las pensiones que no pagan impuestos o que no estarían gravadas con el impuesto de la renta serían ingresos por pensiones hasta por $47 millones”.
Jiménez agregó que eso en cuentas mensuales sería más o menos $3,6 millones, a partir de ese monto la pensión anualmente superaría los 1.000 UVT y, por ende, empezaría a estar gravada con el impuesto sobre la renta, en otras palabras, pagaría renta al dejar de estar exenta.
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A renglón seguido precisó que la finalidad de este impuesto es gravar las pensiones con el objetivo de recaudar ingresos para el aparato estatal. Sin embargo, señaló que esto tiene implicaciones directas en el ingreso real de los pensionados, disminuyendo su poder adquisitivo. “Al empezar a pagar impuestos sobre una renta que estaba exenta, se disminuye el ingreso real de la persona, y eso puede hacer que la persona disminuya su poder adquisitivo”.
El académico también resaltó una distinción fundamental entre las pensiones y otros tipos de ingresos gravados por el impuesto sobre la renta, argumentando que las pensiones no son utilidades sino compensaciones por los años trabajados o por situaciones de invalidez. “Una pensión por naturaleza no es un ingreso que genere una utilidad, porque no proviene del trabajo ni de una inversión, sino que es un ingreso que compensa lo contribuido durante toda la vida laboral o hasta la invalidez”.
Sobre lo anterior, Jiménez expresó su escepticismo sobre la capacidad del estado colombiano para gestionar eficientemente los ingresos tributarios debido a un historial significativo de corrupción. Es decir, en teoría, si el Estado hace buen uso de los impuestos, “los ganadores somos todos”. Sin embargo, la duda en un país como Colombia es que “hemos tenido gobiernos y estructuras estatales que han evidenciado ser ampliamente corruptas.”
Insistió en su reflexión: “Infinidad de casos de corrupción que ha tenido el país muestran que el Estado no gasta bien los impuestos que cobra y que, contrario a virar cómo se está invirtiendo el dinero, la respuesta siempre es obtener mayores ingresos producto de la renta”.
Por eso, planteó que, aunque la intención de gravar las pensiones puede tener una justificación fiscal, su implementación en el contexto colombiano actual puede ser problemática debido a la desconfianza en la gestión pública y el impacto negativo en el poder adquisitivo de los pensionados. “El gran ganador es el aparato estatal y, si se invierte bien, los ganadores somos todos. Pero con el histórico de cómo se gasta el dinero público en Colombia, uno sí podría poner el grito en el cielo y decir: ¿por qué disminuir la capacidad adquisitiva de los pensionados para que el estado mantenga sus altos niveles de corrupción?”.
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Jiménez subrayó que el proyecto, aprobado por el Senado, se dirige a personas con pensiones altas, según los estándares de poder adquisitivo, ya definidos por la Dian. Sin embargo, planteó una cuestión esencial sobre si este nivel de riqueza es el adecuado para ser gravado. “Quienes obtienen más de $47 millones en el año por vía de pensiones son personas de altísimos poderes adquisitivos para lo que calculaba el exdirector de la Dian, hoy ministro de Comercio. Lo que muestran las cifras del Dan también lo podrían considerar y, por ende, hay que gravarlos”.
En este orden de ideas, Andrés Felipe Izquierdo, abogado experto en pensiones y gerente de la firma ISP, precisó que, en principio, la idea de gravar las pensiones altas se promovió como un mecanismo para corregir la carga de los subsidios en las pensiones altas.
“Sin embargo, la discusión, trámite y aprobación fue opaco, de afán y atentando contra el principio Constitucional de deliberación y discusión de los proyectos de ley, así que puedo decir que la mayor derrotada será la legitimidad del sistema pensional”, detalló.
No obstante, el académico Jiménez cuestionó si esta es la mejor estrategia para impulsar la productividad y abordar las verdaderas grandes riquezas del país. Por lo que mencionó que estas pensiones pueden no ser tan altas en todas las regiones y que podrían afectar significativamente a personas de clase media en grandes ciudades.
“La gran pregunta es si ese realmente es el nivel de riqueza que queremos trazar o si deberíamos doblar para crecer la productividad y que de verdad los grandes capitales terminen gravados. Al final, esos ingresos no necesariamente son muy altos; varía mucho de la región y pueden ser personas de clase media en grandes ciudades que sí pueden ver bastante afectada su dinámica de poder adquisitivo”.
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Además, Jiménez advirtió que los pensionados suelen depender exclusivamente de sus pensiones, ya que no suelen tener otras fuentes de ingresos debido a que ya no están en actividad laboral. “Siendo que, al ser una pensión, lo normal es que no se tengan más fuentes de ingresos distintas de la pensión, porque ya no se está trabajando”.
Izquierdo también agregó que, según lo anunciado por el Gobierno y su bancada, la intención nunca fue gravar las mesadas pensionales, “de hecho hasta el momento no reconocen haberlo aprobado, sin embargo, el hecho cierto es que por acción u omisión se gravaron las mesadas pensionales y se hizo de espalda al país”. Por eso, lo catalogó como un terrible precedente para la legitimidad del sistema
En definitiva, a partir de ahora, todas las pensiones que superen las 1.000 UVT anuales, equivalentes a $3,6 millones, tendrán que pagar impuestos. Esto significa que estas personas deberán declarar renta, aunque el monto a pagar dependerá del estatuto tributario vigente.
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“Las pensiones desde $3,6 millones estarán sujetas a retenciones en la fuente. Esto aumentará los ingresos del Estado, pero también añadirá un nuevo grupo a la lista de declarantes. Es importante recordar que las pensiones no deberían ser afectadas por ninguna reforma, ya que es inconstitucional”, concluyó Lisandro Junco, exdirector de la Dian.
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