Tras un accidentado debate, el pleno del aprobó —por mayoría y en primera votación— el dictamen con el que se limitan los alcances de los delitos seguidos por y crímenes de guerra en la legislación peruana por hechos ocurridos antes de 2002. Fueron 60 votos a favor, 36 en contra y 11 abstenciones.

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Se trata de una norma que precisa que el Estatuto de Roma entró en vigor en el ordenamiento jurídico peruano el 1 de julio 2002; mientras que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad el 9 de noviembre de 2003.

Así, se planteó referir —por ley— que los delitos cometidos con anterioridad a esos años “prescriben en los plazos establecidos en la ley nacional”, bajo responsabilidad.

“Nadie será procesado, condenado, ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, por hechos cometidos con anterioridad al 01 de julio de 2002, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional. Ningún hecho anterior a dicha fecha puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra”, se indica en el texto sustitutorio sometido a votación.

La propuesta deviene de la Comisión de Constitución del Congreso, tras un proyecto multipartidario promovido por los parlamentarios José Cueto (Honor y Democracia) y Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular), el cual fue planteado en febrero pasado.

El debate en el pleno fue accidentado, con varios cruces de palabras entre los parlamentarios, llegando a suspenderse la sesión en una oportunidad y a leerse el Reglamento del Congreso en otras. Previo a la aprobación, también se rechazó con 56 votos a favor una cuestión previa planteada por el legislador Waldemar Cerrón (Perú Libre) para que el texto vuelva a comisión para mejor análisis.

Así votaron los congresistas:

Tras la votación, la bancada Cambio Democrático-Juntos por el Perú presentó un pedido para reconsiderar la decisión.

Mira aquí la sesión plenaria:

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(Información en desarrollo...)