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Conviene repactar en caso de quiebra? – Insolito !!!!
En situaciones de insolvencia financiera, muchas personas y empresas se plantean si conviene repactar sus deudas con los acreedores. Si alguien se ha declarado en quiebra o está en proceso de bancarrota, ¿es recomendable intentar renegociar los términos de los préstamos?
Pros de repactar en quiebra
- Puede permitir reestructurar la deuda y aliviar la carga financiera
- Puede evitar la liquidación de activos
- Demuestra voluntad de pago a los acreedores
Contras de repactar en quiebra
- Los acreedores pueden no estar dispuestos a negociar
- Puede prolongar el proceso de quiebra
- Podría no ser suficiente para salvar el negocio/finanzas personales
En última instancia, la decisión de intentar repactar en caso de quiebra dependerá de cada situación particular y de las circunstancias específicas. Es importante evaluar detenidamente los pros y contras, y consultar con un asesor financiero o abogado especializado antes de tomar una decisión.
Repactar una deuda cuando se ha declarado la quiebra puede ser una opción en algunos casos selectos, pero no siempre es posible o conveniente. Cada situación de insolvencia es única y requiere un análisis pormenorizado para determinar el mejor camino a seguir.
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En resumen mi papá, que siempre fue financieramente estable, empezó con una demencia y dejó un hoyo financiero gigante. Miles de deudas con todos los bancos. El principal activo que tiene es su casa, que ya pusimos a la venta pero estamos contrarreloj ante una eventual quiebra forzosa.
Obvio que cuando tienes capacidad de pago conviene repactar, pero en nuestro caso no tengo tan claro que el valor de los activos supere el de las deudas.
Conocen alguna experiencia de declararse en quiebra? Conviene repactar si no tienes certeza de poder pagar? Estoy pensando dejar que las deudas se acumulen y apostar a que se venda la casa primero, para poder costear los gastos de su tratamiento.
Gracias 🙏
Si hace una liquidación voluntaria, todas las deudas se renegociar y se termina con una cuota “pagable” por el deudor a muchos… Dentro de esto puede que se realice el remate de la vivienda , por no siempre es el caso… Es una buena opción.. ahora indicas que tiene demencia y si es diagnosticada, desconozco si este procedimiento es posible de realizar….
Nuestro Derecho contempla varias salidas para personas en insolvencia, pero para poder determinar cuál es el mejor camino deben estudiarse más antecedentes de los que podrías entregar por reddit.
Busca un abogado.
Hola, háblame por privado, soy abogada y te doy toda la asesoría gratis. Prefiero decírtelo personalmente y aconsejarte algunas cosas.
Yo me acogí a la “ley de insolvencia personal”. Si se repacta o se liquida la deuda dependerá de la sentencia de la super intendencia. El inmueble y otros bienes (como terrenos o automóviles) no se pueden salvar a menos que hagas traspaso a tercero que no sea familiar con al menos un año o dos antes de iniciar el trámite, de otra manera se toma por mala intención. Hay que cumplir ciertos requisitos, la deuda tiene que ser superior a x veces el sueldo y tener 3 o más acreedores. Si los bienes embargados al momento del remate no logran cubrir la deuda, no importa pues por algo te has declarado en quiebra. Con eso ya no hay acciones legales posibles a futuro por parte de los acreedores, y hay que hacer un trámite para pedir que te eliminen de los registros. Con eso tu puntaje comercial se reinicia (olvida volver a tener un crédito hipotecario) y quedas castigado en el sistema por 5 años sin posibilidades de abrir cuentas corrientes.
Pregunta, desde la vereda de la más absoluta ignorancia, los créditos con los Bancos, ¿no tienen un seguro de desgravamen? El seguro de desgravamen es por muerte, pero tb por INVALIDEZ TOTAL. No sé si la demencia califica como invalidez. Tal vez por ahí exista algo a qué echar mano…
Hola! Me dedico a ver el tema de deudas.
La alternativa 100% segura aquí sería transferir ese inmueble de tu papá a alguien de confianza, como algún hijo responsable *guiño guiño*. O en el caso de que el inmueble se haya adquirido durante el matrimonio (con sociedad conyugal) y tu mamá siga viva, habría que liquidar la sociedad conyugal, para que tu mamá se adjudique el inmueble, quedando éste protegido.
Antes de que preguntes, desde luego que todo esto es simulado. Si los acreedores de tu papá son bancos, puedes perder cuidado y hacer todo esto que menciono, pues ellos no perderán tiempo en demostrar que esto es simulado. Lo he hecho muchísimas veces y ningún banco ha hecho algo.
Mucho ojo eso si. Mencionas que tu papá es víctima de una demencia. De ser así el caso, o si es muy evidente, no podrías hacer el trámite en notaria, por lo que previamente habría que iniciar un procedimiento voluntario de interdicción por demencia para que algún familiar quede como administrador de su patrimonio.
Respecto a lo de liquidarse, se puede hacer, pero ahí es estrictamente necesario que el inmueble entre a ésta, por lo que igualmente se perdería, por lo que recién empezaría a ver esa posibilidad si no puedes hacer todo lo que mencioné antes.
Mucho ánimo, tienen alternativas. Asesórate con alguien que cache cómo funciona todo esto.
Si no tienes otra opción, si. Si puedes evitarlo y llevar tus deudas como corresponde, esta es la opción más sana financieramente hablando
No creo que vender la casa si es menos de lo que debe sea buena idea, mejor evalúa la quiebra, así se liquidan los activos y con eso se cubre todo, si no, vas a tener que pagar el total de la deuda, aunque con la casa no alcancé
Disculpa que me cuelgue de tu post tengo una duda respecto a rrhh si alguien me puede ayudar, no puedo publicar pq soy relativamente nuevo