- Lo último
- Portada
- Edición Impresa
- Club El Comercio
- Newsletters
- DÃa 1
- Audiencias Vecinales
- Corresponsales escolares
- Reviú
- Juegos
- Podcast
- Editorial
- Columnistas
- El Comercio TV
- Provecho
- Saltar intro
- PolÃtica
- EconomÃa
- Lima
- Perú
- Mundo
- DT
- Luces
- TV+
- TecnologÃa y ciencias
- Somos
- Bienestar
- Hogar & Familia
- Respuestas
- Mag
- Viù
- Vamos
- Ruedas y Tuercas
- Casa y Más
- El Dominical
- Horóscopo
- Desde la redacción
- Videos
- Archivo El Comercio
- Blogs
- WUF
- Menú Perú
- Notas contratadas
- Colecciones El Comercio
Congreso
/ NoticiasInformación basada en hechos y verificada de primera mano por el reportero, o reportada y verificada por fuentes expertas.
| Informativo
JNJ: Comisión de Constitución busca aprobar hoy dictamen que desaparece a la Junta Nacional de Justicia
Reforma constitucional plantea, además, que los jefes de la ONPE y el Reniec sean designados por el Senado.
- Congreso busca ampliar número de senadores y diputados: ¿desde cuándo serÃa y qué otros cambios se plantean?
- Congreso modifica definición de crimen organizado: los peligros y alcances de la ley aprobada
La Comisión de Constitución del Congreso tiene previsto debatir y votar, desde las 2 de la tarde, el dictamen que desaparece a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y crea, en su lugar, la Escuela Nacional de la Magistratura. El texto de reforma constitucional además atribuye al Senado la potestad de elegir a los titulares de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
De aprobarse, el tema queda expedito para que sea visto por el pleno, la máxima instancia. Y como se trata de reforma constitucional requerirÃa 87 votos en dos legislaturas o 66 votos y referéndum.
El texto sustitutorio será debatido durante una sesión extraordinaria del grupo de trabajo que preside la legisladora Martha Moyano (Fuerza Popular).
A través de esta fórmula, se propone la modificación de hasta 13 artÃculos de la Constitución PolÃtica para la creación de la denominada Escuela Nacional de la Magistratura.
De acuerdo con la propuesta, esta escuela entrarÃa en vigor y concluirÃan las funciones de la JNJ y de la Academia de la Magistratura. Además, la escuela estará a cargo de la âformaciónâ de los aspirantes a jueces y fiscales a nivel nacional, âasà como de su selección y posterior nombramientoâ.
Se establece que la Escuela Nacional de la Magistratura estará conformada por un Consejo Directivo, los cuales âpueden ser removidos del cargo, por causa grave, por el Senado del Congresoâ.
Dentro de la reforma, además, se propone que los jefes de la ONPE y el Reniec sean nombrados por el Senado del Congreso, con un periodo renovable de cuatro años.
LOS CAMBIOS PLANTEADOS EN EL TEXTO SUSTITUTORIO:
LOS CAMBIOS APROBADOS: |
---|
1. Se incrementa de más de 45 años a más de 50 años el requisito para ser juez de la Corte Suprema. |
2. Se crea la Escuela Nacional de la Magistratura y su ingreso es mediante concurso público. |
3. Aspirantes a jueces y fiscales se forman en la escuela a dedicación exclusiva por dos años, recibiendo un estipendio. Una vez elegidos, ejercen por seis meses con supervisión y tÃtulo provisional. |
4. La carrera judicial inicia en el grado de juez de paz letrado y la fiscal con el de fiscal adjunto provincial. |
5. La Escuela Nacional de la Magistratura tiene un consejo directivo, conformado por: juez supremo titular, un fiscal supremo titular (en ambos casos, en actividad o cesantes); un exrector de universidades nacionales. |
6. Los miembros del consejo directivo pueden ser removidos por el Senado por causa grave. |
7. Los jefes de ONPE y el Reniec son nombrados por el Senado, por un periodo renovable de 4 años, pudiendo ser removidos por falta grave. |
8. Los jefes de la Autoridad de Control del MP y el PJ son elegidos por la escuela y pueden ser removidos por causa grave por el Senado. |
9. Se crea el âConsejo de Coordinación Interinstitucional del Sistema de Administración de Justiciaâ como un espacio de coordinación de polÃticas en materia de administración de justicia. |
10. Los miembros del consejo de la escuela son elegidos dentro de los 30 dÃas de entrada en vigor su ley orgánica, al mismo tiempo que se concluyen las funciones de la Junta Nacional de Justicia y la Academia de la Magistratura. |